viernes, 21 de octubre de 2022

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 21/10/2022

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                                                                ACCION DE TUTELA

QUE ES UNA ACCION DE TUTELA?

Es un mecanismo de protección que permite a toda persona acudir ante las autoridades judiciales para obtener la protección inmediata de sus derechos fundamentales, cuando estos resultan vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares, en los casos establecidos en la ley. Su marco normativo se encuentra de manera general en el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia y en el Decreto Ley 2591 de 1991.

SE CARACTERIZA POR SER UN INSTRUMENTO

Subsidiario:

Porque solo procede si no existe otro mecanismo de defensa judicial idóneo, salvo que se pretenda evitar un agravio inminente a los derechos fundamentales. (Art. 6, # 1 del Decreto 2591 de 1991).

Inmediato:
Debido a que su propósito es otorgar sin dilaciones la protección a la que haya lugar. (Art. 18 del Decreto 2591 de 1991).

Sencillo:
Porque no exige conocimientos jurídicos para su ejercicio. (Art. 1 del Decreto 2591 de 1991).

Específico:

Porque se creó como mecanismo especial de protección de los derechos fundamentales. (Art. 1 del Decreto 2591 de 1991).

Eficaz:
Porque siempre exige del juez un pronunciamiento de fondo, bien sea para conceder o negar lo solicitado. (Art. 1 del Decreto 2591 de 1991).

QUIEN PUEDE PRESENTAR LA ACCION DE TUTELA?

Cualquier persona que considere vulnerado o amenazado uno de sus derechos fundamentales puede acudir a la acción de tutela como titular del derecho, en forma directa o a través de un apoderado judicial. La acción de tutela también podrá interponerse a través de agentes oficiosos, es decir, otra persona podrá interponer la referida acción en nombre de otro, siempre y cuando el interesado se encuentre en condiciones que imposibiliten su defensa.

COMO SE PRESENTA LA ACCION DE TUTELA?

La acción de tutela se presenta únicamente cuando se esté frente a la amenaza o vulneración de Derechos Fundamentales, cuando no existan otros recursos ni medios de defensa judicial o cuando ya éstos se hayan agotado.

También se puede presentar cuando se trate de evitar un daño irremediable inmediato y dependiendo de la urgencia de la resolución del fallo, según sea el caso, es posible acudir a la medida provisional bajo ciertas causales establecidas por la ley, permitiendo la actuación del juez en un plazo inferior a los diez (10) días de la resolución del fallo de tutela que normalmente se utiliza.

ACCION DE TUTELA EJEMPLO

                                                              CASO REAL

9 DE NOVIEMBRE DE 2022

Señor

JUEZ CIVIL MUNICIPAL (REPARTO)

Cali 

E.S.D

REFERENCIA: ACCION DE TUTELA

ACCIONANTE: MARIA ISABEL LOPEZ GOMEZ

ACCIONANTE: COMPARTA EPS-S-SECRETARIA DE SALUD MUNICIPAL

Yo. MARIA ISABEL LOPEZ GOMEZ Mayor de edad. vecino de esta Ciudad. Identificado con cedula de ciudadania N" 64.555.154 expedida en Cali. Residente en la Carrera 18E #17-116 del Barrio
Pizamos 2 del Municipio cali. actuando en nombre Propio. acudo respetuosamente ante su Despacho para Promover ACCION DE TUTELA, de Cormidad con el articulo 86 de la Constitucion Politica y los Decretos Reglamentados 2591 de 1.991 y 1983 de 2017 para que judicialmente se me conceda la proteccion de los derechos Constitucionales Fundamentales que considero Vulnerados y/o amenazas por acciones y/o omisiones de la EPS COMPARTA - SECRETARIA DE SALUD MUNICIPAL a las que hice mencion Anteriomente Fundamento mi peticion en los Siguientes.

HECHOS

1. El dia lunes 1 de Noviembre del presente año mi Compañero permanente EDGARDO EMIRO HERAZO ARRIETA Identifico con numero de Cedula N"18705152 SE Dirigio a la Farmacia de la EPS COMPARTA a reclamar los medicamentos los cuales son Necesarios para tratar la Hipertension y diabetes que padezco.

2. Cuando es atendido le comunican que no es posible hacerte entrega de dichos medicamentos. debido a que me encuentro desafiliada a esta dicha entidad de salud. cabe anotar que este retiro se realizo sin mi consentimiento

3. Posterior a esto me Dirijo a esta entidad de salud. donde me manifestaron acercame a la SECRETARIA DE SALUD MUNICIPAL. a ser Entrega de un Documento elaborado por ellos.

4. Me traslade a la dicha secretaria a ser entrega del documento del cual me dieron un recibo. de ahi me dijieron que volviera a la EPS, Llego y me dicen que volviera entre 8 dias.

5. Considero que se me esta vulnerando el derecho al acceso a la salud. ya que no me encuentro afiliada a ninguna de las EPS del estado, poniendo asi en riesgo mi vida debido a que estos medicamentos son vital importancia para mantener un buen estado de salud.

FUNDAMENTO DE DERECHO

Fundamento mi peticion en la ley 100 de 1993, ley 715 de 2001, en los capitulos 4° y 8° de la sentencia T-760 de 2008 y en el Auto 044 de 2012

PETICION

Con Fundamento en los Hechos narrados y en las consideraciones expuestas, respetuosamente solicito al señor juez TUTELAR a mi favor los Derechos constitucionales fundamentales invocados. ORDENANDOLE a la autoridad accionada que:

1. Se haga el reintregro de mi persona a la EPS COMPARTA, de no ser asi recurrire afiliarme en otra Empresa Prestadora de servicios.

2. En caso de haber corrido con los gastos de los medicamentos, requeridos que se haga el reembolso del dinero.

3. Se suministren los medicamentos requeridos ya que estos son necesarios para tratar con las enfermedades que padezco.

PRUEBAS

Tengase como pruebas señor Juez las Siguientes:

1. El fosiga
2. Copia de formula de medicamentos
3. Copia de historia clinica
4. Copia del documento entregado por parte de la EPS COMPARTA a la accionante para ser Entregado a la SECRETARIA DE SALUD MUNICIPAL.

JURAMENTO

Bajo la gravedad del juramento me permite manifestarle que por los mismos hechos y derechos no he presentado accion de tutela ante ningu otro despacho judicial.

NOTIFICACIONES

Las mias recibire en la secretaria de su Despacho o a mi numero telefonico 3218908383.

La parte accionada recibira notificacion en:

Del señor Juez


MARIA ISABEL LOPERZ GOMEZA


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